Electricista
[Nivel 4]
Lección 1 / Actividad 1
Beneficios
de la puesta a tierra en una instalación residencial.
A) Propósito
de la lección
Identificar
los beneficios de la puesta a tierra en las instalaciones residenciales.
B)
Instrucciones de las actividades
I. Retoma la
estadística sobre las viviendas con puesta a tierra.
II. Realiza
mediciones de voltaje para detectar variaciones de este
parámetro.
III. Compara
el comportamiento de las instalaciones que cuentan con
puesta a
tierra.
IV.
Investiga, para reforzar el contenido del video, y describe con tus
palabras
cómo la puesta a tierra sirve como protección para el usuario
y el equipo.
V. Investiga
las obligaciones como usuario del servicio eléctrico en:
1. La Ley de
Servicio Público de Energía Eléctrica.
2. El
Reglamento de la ley de Servicio Público de energía eléctrica.
DESARROLLO
1. 1La toma de tierra en una instalación
eléctrica doméstica tiene una importancia fundamental, de la que muchas veces
no somos conscientes al ser un elemento no visible. Con este artículo,
facilitaremos la comprensión de su funcionamiento y su necesidad.
Con
una instalación de puesta a tierra adecuada conseguiremos la protección de los
circuitos eléctricos y, sobre todo, la protección de las personas que puedan
estar en contacto con esos circuitos. Ello se consigue uniendo a tierra un
punto de una instalación mediante un dispositivo adecuado con la intención de
evitar diferencias de potencial que puedan resultar peligrosas entre los
diferentes elementos de una instalación.2
2. 3
3.
4
4. La puesta a tierra beneficia una gran
parte tanto en la parte de la economía tanto como el cuidado del medio ambiente
debido que al cuidar los aparatos eléctricos reduce la contaminación en el
planeta y a la vez protege el bolsillo de los hogares
5. Derechos de los usuarios
-El usuario tiene derecho a recibir
información de la empresa eléctrica sobre tarifas, potencia a contratar,
variantes y modo de utilizar la discriminación horaria, corrección del factor
de potencia y demás condiciones del contrato, de modo que pueda elegir de
manera informada lo que más le conviene. Si recibe en este sentido un
asesoramiento incorrecto, el organismo competente puede ordenar la
refacturación de los consumos efectuados con anterioridad.
-Todo usuario tiene derecho a recibir
el suministro que solicita de la compañía eléctrica, elegir la tarifa, la
potencia y el nivel de tensión que desea para el suministro.
-Tiene derecho a obtener de la
empresa suministradora un ejemplar de la póliza de contratación.
-Tiene libertad para la elección del
instalador y del material necesario, siempre que está homologado, para efectuar
la instalación.
-El usuario tiene derecho a que los
limitadores de corriente estén instalados en la vivienda o se puedan conectar desde
ésta.
-Derecho a la subrogación, al
fallecimiento del titular a los herederos que hubiesen convivido habitualmente
dos años con el titular antes del fallecimiento.
-El abonado que esté al corriente de
pago podrá traspasar su póliza a otro abonado que vaya a ocupar el mismo local
en las mismas condiciones.
Obligaciones de los usuarios
-Debe facilitar el acceso a la
empresa eléctrica para que pueda instalaren su finca los apoyos y elementos
precisos para su propio suministro.
-Mantener y custodiar los equipos de
medida y de control. Efectuar las reparaciones que sean necesarias.
-Pagar las facturas a su tiempo pues,
de lo contrario se expone al corte del suministro.
-No puede ceder sus derechos a
terceros sin ponerlo en conocimiento de la compañía eléctrica.
-Cuando quiera cambiar las
condiciones de contratación o la potencia instalada debe manifestarlo por
escrito a la compañía eléctrica.
-Está obligado a facilitar la entrada
de los inspectores de la compañía en horas hábiles, siempre que estén autorizados
por la empresa y se identifiquen adecuadamente.
Facturas
El consumidor tiene derecho a
reconocer fácilmente los distintos conceptos que integran la factura:
1) Resumen de la factura. Incluye la
fecha de emisión, el período de facturación, el número de póliza, el número de
factura y su importe total.
2) Consumo. En este apartado figuran
la lectura actual y la anterior de su contador en las fechas indicadas. De la
diferencia entre ambas se obtiene el ¿consumo del período¿.
3) Datos de pago. Importe total del
período de facturación, así como especificación de la manera de pago acordada
con el cliente.
4) Consumos anteriores (kWh).
Información en euros y kWh sobre el consumo actual y los consumos realizados en
los doce últimos meses.
5) Noticias de su interés. Novedades
y comunicaciones de su interés, exclusivas para los clientes.
6) Datos del cliente.
7) Facturación:
-Potencia. Es el resultado de
multiplicar la potencia contratada (kW) por el número de meses y por el precio
del kW.
-Coste del consumo. Indica su consumo
expresado en euros. Se obtiene multiplicando el concepto ¿consumo del período¿
por el precio del kW.
-Impuesto sobre la electricidad. Es
el resultado de multiplicar la suma de los conceptos "potencia" ¿
"coste de consumo" por el coeficiente establecido por la ley.
-Equipos de medida. Se obtiene
multiplicando el precio del alquiler mensual del equipo de medida por el número
de meses del período de facturación.
-IVA. Impuesto sobre el valor
añadido.
8) Atención al cliente. Aquí se
podrán encontrar todas las vías por las que el consumidor puede ponerse en
contacto con la empresa suministradora: por teléfono, por Internet o
personalmente en la oficina más cercana.
Liberalización del suministro de
energía eléctrica
El consumidor puede elegir compañía
eléctrica, gracias a la liberalización energética ya aprobada, lo que puede
ser, entre otras cosas, un incentivo para el desarrollo de energías limpias, ya
que el consumidor podrá elegir entre las empresas que lo garanticen, así como
una mejora en la calidad del servicio y en coste para el usuario.
EL DEFENSOR DEL CLIENTE DE ENDESA
Procedimiento de actuación
Cuando un cliente desea presentar una
reclamación a la compañía eléctrica puede hacerlo a través de los sigueintes
canales:
>Un Centro de Atención Telefónica.
>Las Oficinas Comerciales y Puntos
de Servicio de la Compañía.
>El canal Endesa On-Line accesible
a través de la página web www.endesa.es .
Una vez presentada la reclamación
pueden ocurrir tres cosas:
a) Que el cliente esté de acuerdo con
la respuesta de la Compañía.
b) Que esa respuesta le deje
insatisfecho.
c) Que no reciba respuesta en el
plazo máximo de dos meses.
En los dos últimos supuestos el
cliente puede dirigirse al Defensor del Cliente para tramitar su reclamación,
que ha de formalizar por escrito, incluyendo sus datos personales (que son
tratados con toda confidencialidad), describiendo con detalle el motivo de su
reclamación y aportando cuanta documentación sea de utilidad en relación con el
asunto.
Es requisito imprescindible que el
cliente no haya presentado su reclamación ante una instancia administrativa o
judicial, pues en tal caso no procede una tramitación paralela por parte del
Defensor del Cliente.
Éste, apenas recibe la reclamación,
solicita a la Compañía documentación completa sobre el caso, que le ha de ser
facilitada en un plazo máximo de dieciocho días. Si lo considera necesario para
tener un pleno conocimiento del asunto, puede además pedir más información o
documentación al reclamante.
Una vez analizada toda la
documentación necesaria, el Defensor del Cliente puede optar, en cada caso, por
una de las dos posiblidades siguientes:
>Promover reuniones entre el
reclamante y los representantes de la Compañía a fin de llegar a un acuerdo
amistoso.
>Emitir una resolución por escrito
que es de obligado cumplimiento para la Compañía pero no para el cliente. En el
caso de que no quede satisfecho con la resolución del Defensor, el reclamante
puede acudir a las instancias judiciales o administrativas competentes.
El Defensor del Cliente emite sus
resoluciones en el plazo máximo de dos meses a partir del momento en que el
cliente presenta su reclamación. Sus servicios son gratuitos y sus resoluciones
se basan en criterios de independencia y equidad.
ENDESA Defensor del Cliente
(www.defensordelcliente.endesa.es)
Apartado de Correos, 491
08080 BARCELONA
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Desde abril de 2008 Sevillana Endesa
está adherida al Sistema Arbitral de Consumo a través de la Junta Arbitral de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, procedimiento que facilita la resolución de
los conflictos entre los consumidores y la empresa. Véase enlace
correspondiente.
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